La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Ley que incorpora al Código Contravencional de Salta – Ley Provincial N° 7135 una serie de modificaciones relacionados a la difusión, publicación, distribución, facilitación, o entrega a terceros de imágenes, grabaciones o filmaciones de carácter íntimo, sin el consentimiento de la persona, y a través de cualquier tipo de comunicación electrónica.
El proyecto de Ley establece, entre otros, que será sancionado con arresto de hasta treinta (30) días o multa de hasta treinta (30) días el que difunda, publique, distribuya, facilite, ceda o entregue a terceros imágenes, grabaciones o filmaciones de carácter íntimo, sin el consentimiento de la persona, y a través de cualquier tipo de comunicación electrónica, de trasmisión de datos, páginas web o a través de cualquier otro medio de comunicación, siempre que el hecho no constituya delito. Las contravenciones previstas en este artículo son de instancia privada con excepción de los casos donde la víctima sea menor de dieciocho (18) años de edad. Además, se remarca y establece que no configura contravención el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
Por otra parte, el articulado establece que será sancionado con arresto de hasta veinticinco (25) días o multa de hasta veinticinco (25) días el que creare o difundiere noticias falsas, sabiendo que lo son, dentro del espectro digital, con el fin de infundir pánico, desacreditar personas o autoridades oficiales o generar desórdenes o tumultos. Las contravenciones previstas en este artículo son de instancia privada con excepción de los casos donde la víctima sea menor de dieciocho (18) años de edad. No configura contravención el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
La Fiscalía Penal de Ciberdelincuencia, por su especialidad y los recursos que dispone, actuará en conjunto con las Fiscalías Contravencionales, en la investigación y persecución de las contravenciones establecidas en la Ley.
Al respecto, la diputada Socorro Villamayor, una de las autoras del proyecto, señaló que “debido a la irrupción de las nuevas tecnologías, las redes sociales, a la vida cotidiana de las personas, obliga a que las legislaciones evolucionen en la elaboración de estrategias de persecución criminal efectivas que amparen y resguarden a la sociedad frente a la utilización indebida y/o fraudulenta de la información y medios tecnológicos”.
Además, la diputada que preside la comisión de Legislación General, precisó que el avance de las tecnologías “nos obliga a rever normativas existentes a los fines de poder analizar realidades que nos tocan vivir día a día a todos los ciudadanos, situaciones que provocan la existencia de figuras que se asemejan a delitos tipificados en el Código Penal y no están encuadrados como tales”.
En este punto, cuestionó el vacío legal a nivel nacional y las leyes sobre la materia que no prosperan en el Congreso Nacional, considerando que “es necesario que esos proyectos sean Ley. “Es positivo crear estas figuras con el carácter de contravenciones en la provincia”, destacó.
Por su parte, la diputada Cristina Fiore destacó el proyecto considerando que hay algunas contravenciones que se asemejan a los delitos penales por lo que se puede establecer una contravención siempre que el escrito aclare que la misma no fuera delito. A su vez, la diputada se refirió a los proyectos que no prosperan a nivel nacional, y señaló que ello no debe ser un obstáculo para legislar sobre la materia en la provincia, ya que “termina siendo injusto que las víctimas, más allá del daño moral o reprimenda civil, no tenga otro tipo de restricción”.
El proyecto fue aprobado por amplia mayor, con un voto negativo, y pasó al Senado en revisión.