La Anmat prohibió dos marcas de aceite de oliva 

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Una contaba con registros de un producto distinto, mientras que el producto de la otra marca emanaba “olor fétido” al someterse al calor y se desconocía cuál era la empresa fabricante.

Los dos aceites de oliva prohibidos por Anmat no contaban con registros o estaban “falsamente rotulados”.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este lunes la elaboración, fraccionamiento y comercialización de dos marcas de aceite de oliva en todo el territorio nacional y en plataformas de venta online.

A través de las Disposiciones 10037/2022 y 10038/2022, publicadas en el Boletín Oficial con la firma de su titular, Manuel Limeres, el organismo detalló que se trata de los productos “Aceite de oliva extra virgen – Intenso premium” de la marca Dell’ Olivo y el “Organic Olisa Premium Quality – Extra Virgin Olive Oil – Aceite de oliva, Virgen Extra de Primera presión en frío”, de una empresa supuestamente de La Rioja, aunque sin registros en esa provincia.

El primero tiene los papeles al día, pero éstos se corresponden a otro producto denominado “Arvejas enteras Sytari”. De este modo, es considerado como un producto ilegal, dado que carece de registros sanitarios y está “falsamente rotulado” al indicar documentación de otro producto.

En el caso del segundo, que se publicita y promociona en plataformas de venta online, se constató que el aceite no tiene aroma a oliva y que, al ser sometido al calor, “emana olor fétido”. Aunque en su rotulación indica que se produce en La Rioja, al consultar a las autoridades sanitarias de esa provincia, la respuesta fue que ese registro era inexistente en esa jurisdicción.

Así, el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) realizó una auditoría en el supermercado “Termas”, en donde se intervinieron 407 unidades de 2 litros, presentes tanto en góndolas como en depósito.

En ambos casos, al tratarse de un producto que “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara” como producido, elaborado o fraccionado en un establecimiento determinado, “no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control”.

Por ello, la Anmat se arrojó la potestad de prohibir su producción, distribución y comercialización en todo el país.

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