Una jueza se declaró competente en la denuncia contra monseñor Cargnello

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La defensa buscaba que la causa por violencia de género que iniciaron las Carmelitas Descalzas se dirimiera en tribunales eclesiásticos.

La jueza de Violencia Familiar y de Género número 3, Carolina Cáceres Moreno, no hizo lugar al planteo de declinatoria presentado por uno de los demandados en la causa por violencia de género que iniciaron las Carmelitas Descalzas contra el arzobispo Mario Cargnello y otros dos sacerdotes.

El requerimiento de declinatoria tenía por objeto la declaración de incompetencia de la jueza de violencia, por entender que corresponde la intervención del fuero eclesiástico. En Argentina, la Iglesia tiene tribunales internos que están vigentes por un convenio de 1966 con el Estado.

Cáceres Moreno consideró que se encuentra habilitada para intervenir en la causa en el marco de los tratados Internacionales de Derechos Humanos y leyes nacionales y provinciales que rigen la materia (Convención CEDAW, Convención de Belém do Pará, Ley Nacional 26485, leyes provinciales 7888 y 8158). Dijo que en la materia se deben aplicar principios de tutela efectiva.

La Jueza además destacó en su resolución que el acuerdo entre el gobierno argentino y la Iglesia Católica firmado en 1966 garantizó a la Iglesia su autonomía para el libre ejercicio de su poder espiritual y también su competencia para el logro de sus fines específicos, “pero que ello no es obstáculo para que el Estado argentino pueda actuar para garantizar los derechos constitucionales de todos sus habitantes”.

La fiscal Penal de Violencia de Género Gabriela Dávalos había dictaminado, en idéntico sentido, que el juzgado resulta competente para continuar interviniendo en esos autos.

La  denuncia de las religiosas que viven en el convento San Bernardo es por violencia física, psicológica y económica. La demanda apunta contra otros dos religiosos además de Mario Cargnello: Martín de Elizalde, obispo emérito, y Lucio Ajalla, vicario cooperador de la Catedral de Salta.

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