El artículo 21 del Código Alimentario Argentino (CAA) establece que toda persona que realice actividades por las cuales esté o pudiera estar en contacto con alimentos en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos o sus materias primas debe poseer un carnet de manipulador/a de alimentos.
Este carnet es otorgado por las autoridades sanitarias jurisdiccionales y el Instituto Nacional de Alimentos con una vigencia de tres años, plazo luego del cual debe ser renovado. Asimismo, tiene validez nacional, esto significa que si un/a manipulador/a de alimentos lo obtiene en una jurisdicción y luego se traslada a otra, el mismo será reconocido de igual manera durante su vigencia.
El carnet es único para cada persona, posee la información establecida por el CAA e incorpora un código de verificación QR, que permite comprobar la autenticidad y la veracidad de la información en el Registro de manipuladores capacitados y capacitadores reconocidos en manipulación segura de alimentos.
En este sentido se enmarcan las política de la actual gestión del intendente Javier Rafael Wayar, para acompañar y apoyar, de manera constante, a los mercedeños que se desempeñan en estas actividades donde están en contacto con alimentos (en cualquier momento, desde su elaboración hasta su comercialización).